LA UNIVERSIDAD LABORAL ofrece ACCIONES FORMATIVAS BONIFICADAS para conseguir una mayor promoción e integración social de los trabajadores, así como una mejora de la competitividad de las empresas gracias al desarrollo de programas de formación que tienen un procedimiento ágil, flexible y sencillo.

Las acciones formativas están impulsadas por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo y se rige por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ambito laboral.

Todas las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores, pudiendo deducirse de los Seguros Sociales el importe destinado de los cursos.


Si no se utiliza en ese periodo, se pierde dicho crédito asignado, y no podrá recuperarse para solicitar financiaciones futuras.
Las empresas de 1 a 5 trabajadores disponen de un mínimo de 420€ cada año para acciones formativas de sus trabajadores. Para conocer la bonificación del resto de empresas debemos realizar un cálculo.

Nuestra empresa se encarga de GESTIONAR LA BONIFICACIÓN Y DE IMPARTIR LA FORMACIÓN de la siguiente manera:

1º Nuestro consultor le informa de las acciones formativas y de las distintas modalidades que disponemos (presencial, a distancia o mixta.)

2º Nuestro consultor comprueba el crédito que dispone la empresa para realizar la formación.

3º Nuestro consultor le facilitará un contrato que le ayudará a cumplimentar en todo momento.

4º El consultor manda la solicitud a LA UNIVERSIDAD LABORAL para que proceda a su tramitación en la Fundación Estatal

5º LA UNIVERSIDAD LABORAL procede a dar de alta la empresa y el INICIO de la acción formativa dentro de la aplicación de la Fundación Estatal .

6º El alumno recibe un material didáctico de calidad.

7º Nuestros tutores, que son especialistas en el temario, se pondrán en contacto con el alumno para darle la bienvenida y explicarle la forma de proceder a la realización de la acción formativa y de cómo enviarnos la prueba de evaluación una vez finalizada la misma.

8º Una vez finalizada la acción formativa LA UNIVERSIDAD LABORAL procede a tramitar la finalización de la misma en la aplicación de la Fundación Estatal .

9º La empresa deberá llevar la factura a su gestor para poder aplicarse la bonificación en el boletín de cotización del mes siguiente o en cualquiera de ellos, hasta el boletín del mes de diciembre del año en curso.

«Sistema RED.- El importe a bonificar se cumplimentará en el segmento EDTCA80 casilla 763 «Bonificación INEM Formación Continua» (se acumula automáticamente en la casilla 601). Si el saldo es acreedor (el importe a bonificar es superior a la cotización de la empresa), la TGSS procederá a su reembolso.»

10º Al finalizar el Curso, se enviará un diploma acreditativo del curso realizado en el que se incluye el número de horas del curso y contenidos del mismo.